Las estafas con criptomonedas se incluyen en la reforma del Código Penal

El Consejo de Ministros aprobó el 8 de noviembre de 2021, a propuesta del Ministerio de Justicia, el Anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para la transposición de directivas en materia de lucha contra el fraude y la falsificación de medios de pago distintos del efectivo, así como el establecimiento de penas aplicable al abuso de mercado.



El nuevo anteproyecto transpone al ordenamiento jurídico español tres directivas comunitarias. La primera es la Directiva (UE) 2019/713 sobre lucha contra el fraude y falsificación de medios de pago distintos del efectivo.

 


Esta Directiva tiene como objetivo luchar contra la ciberdelincuencia, especialmente la que se refiere al fraude digital, y sancionar el uso fraudulento de nuevos medios de pago, en concreto, aquellos que tienen carácter digital, cuyo uso se ha ido generalizando con el desarrollo de las nuevas tecnologías.

 


Entre los nuevos medios de pago se incluyen el uso de las aplicaciones de pago a través del teléfono móvil o el uso de las monedas virtuales. Estos nuevos medios de pago ofrecen nuevas oportunidades para el fraude, lo que obliga a actualizar la regulación de algunos delitos, concretamente los que están relacionados con la estafa y las falsificaciones.

 


La transposición de la Directiva (UE) 2019/713 conlleva reformar, fundamentalmente, los artículos 248 y 399 bis del Código Penal para garantizar la seguridad de esta economía digital y el correcto uso de los medios de pago más actuales.

 

 

En estos momentos el anteproyecto se encuentra en fase de informes, ya emitido por el Consejo Fiscal de la F.G.E. y pendiente de que lo emitan el C.G.P.J. y el Consejo de Estado, para una vez emitidos, se iniciará su tramitación parlamentaria en el Congreso de los Diputados y el Senado.