Las acciones de una Sociedad Anónima se podrán representar mediante sistemas basados en la tecnología blockchain

El pasado 7 de abril de 2023, ha entrado en vigor la modificación de los artículos 23 y 407 de la Ley de Sociedades de Capital (RDL 1/2010), operada por la Disposición final 6.ª de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión.

 

 

Con esta nueva normativa, se permite solo a las sociedades anónimas (no, a las de responsabilidad limitada) representar sus acciones mediante «sistemas basados en tecnología de registros distribuidos«, esto es, en lo que se vienen denominando los DLT o TRD, es decir, la blockchain.